En esta investigación se logrará visibilizar la situación de desprotección normativa que sufre una persona trans al no ser considerada como sujeto pasivo del delito de feminicidio que se manifiesta como una forma de discriminación hacia la comunidad trans. Ello conllevará al análisis del Acuerdo Plenario N.° 1-2016 que aparentemente trató de solucionar un vacío interpretativo sobre los elementos objetivos del tipo penal de feminicidio, pero que sobredimensionó una gran brecha por la aparente indiferencia acerca de la situación jurídica de la mujer trans al no incorporarla en la comprensión del término “por su condición de tal”.